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Cálculo Plusvalía Municipal

Enviado por: Agente Inmobiliario
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A partir del 1 de enero del 2022, entró en vigor la forma de calcular la nueva plusvalía municipal que se paga cada vez que hay una transmisión, lo que es lo mismo, cuando el inmueble pasa de una persona a otra.

Los impuestos afectados por el nuevo valor de referencia de Catastro:

Este nuevo valor de referencia de Catastro es , desde el 1 de enero de 2022, la base imponible del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPAJD), y del Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISyD), tal y como está establecido en la Ley 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude.

Esto a efectos prácticos significa que el nuevo valor de referencia de Catastro es el valor mínimo por el que tributar si se compra una vivienda o se hereda una casa. Y en caso de que el contribuyente escriture la operación ante notario por un valor inferior, la hacienda autonómica le obligará a tributar por el valor que le indique la nueva valoración de Catastro.

El Ministerio de Hacienda ha decidido mantener el método de cálculo objetivo, que es el que se usa actualmente, aunque con modificaciones en los coeficientes que se aplican: se sustituyen los porcentajes anuales empleados anteriormente por unos coeficientes máximos fijados según los años transcurridos desde la compra del inmueble, que se actualizarán cada año para tener en cuenta las fluctuaciones del mercado.

Además, ha introducido un nuevo sistema para determinar la base imponible en función de la ganancia (plusvalía real) obtenida por el contribuyente con la transmisión y calculada restando al precio de venta del inmueble el de adquisición.

El nuevo cálculo de la plusvalía municipal entró en vigor el 1 de enero de 2022. Dos formas de calcular la base imponible son las novedades de este impuesto.

Las 2 formas de calcular la base imponible

Es decir, tendremos dos formas de calcularlo:

  1. El método Objetivo, que se basa en función de los coeficientes determinados por Hacienda y el valor catastral del suelo.
  2. El método Real, que es la diferencia entre el precio de transmisión menos el de adquisición, multiplicado por el porcentaje que representa el valor catastral del suelo.

Ejemplo de cómo afecta el nuevo cálculo de la Plusvalía municipal en la compraventa de una vivienda

Una vivienda es adquirida en 2017 por 310.000 euros y se vende en 2021 por 350.000 euros, la plusvalía de la operación sería de 40.000 euros, aunque a efectos del impuesto solo tributa el incremento del valor del suelo, sin contar con la construcción.

Si en la fecha de venta el valor catastral total es de 100.000 euros, de los que 60.000 representan el valor catastral  del suelo (60%) y 40.000 el valor catastral de construcción (40%), el incremento del valor real que se le imputará al contribuyente será el 60% de la plusvalía (40.000) es decir, 24.000 euros.

Por otro lado, con el método objetivo se multiplicaría el valor catastral del suelo (60.000 euros) por 0,17 (coeficiente para una operación con cuatro años de intervalo entre la compra y la venta, nueva redacción Art. 107 Ley Reguladora Haciendas Locales), de lo que resultaría 10.200 euros.

En este caso el contribuyente elegiría la base imponible objetiva de 10.200 euros, en lugar de la base imponible real de 24.000, a la que habría que aplicar el tipo de gravamen establecido por el ayuntamiento correspondiente y que la ley fija en el 30 % como máximo.

  • Con el objetivo = 10.200 x 30% = 3.060 de cuota a ingresar.
  • Con la plusvalía real= 24.400 x 30%= 8.000 de cuota a ingresar.

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Autor: Agente Inmobiliario